Fichaje por huella o reconocimiento facial: ¿es legal?
Registrar la jornada es obligatorio. Hacerlo con datos biométricos, casi nunca. Dónde está la línea y con qué alternativas cumples igual.
Registrar la jornada no obliga a usar la huella.
La norma exige el contenido del registro, no el método.
El Real Decreto-ley 8/2019 y el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obligan a llevar un registro diario de la jornada : hora de inicio y de fin de cada persona, con la jornada ordinaria pactada. Pero la norma no dice con qué tecnología hay que hacerlo. Ese hueco es donde muchas empresas concluyen que la huella es la única salida. No lo es.
Hay una segunda norma en juego: el RGPD. La huella dactilar y el reconocimiento facial son datos biométricos y, cuando se usan para identificar de forma única a una persona, pasan a ser datos de categoría especial (artículo 9). Eso exige una base jurídica reforzada que, en el ámbito laboral, rara vez se tiene.
Registrar: obligatorio. Con huella: opcional.
Ante la Inspección vale igual un PIN, una tarjeta o el móvil. Lo que se revisa es que el registro sea diario, veraz, accesible y se conserve cuatro años.
Por qué el consentimiento del trabajador no basta.
Es el error más habitual: «ya lo firmaron todos».
El artículo 9.2.a del RGPD permite tratar datos de categoría especial con consentimiento explícito . El problema es que en una relación laboral ese consentimiento no se considera libre : quien lo presta está subordinado a quien lo pide y puede temer consecuencias si dice que no. Es un criterio recogido en el propio RGPD y aplicado de forma reiterada por la Agencia Española de Protección de Datos.
Por eso, la huella para fichar suele quedarse sin base jurídica válida. La AEPD ha sancionado a empresas por usarla para el control horario, y el criterio general es el de minimización : si existe una forma de registrar la jornada igual de fiable sin tratar biometría, hay que usar esa.
Y hay un matiz práctico: la huella tampoco es tan fiable como parece para este fin. Un dedo mojado o con crema falla, y obliga a tener un sistema alternativo para esos casos. Si al final necesitas dos métodos, el biométrico solo añade riesgo.
Alternativas que cumplen igual y dan menos problemas.
Todas registran la jornada con hora del servidor y dejan rastro de cambios.
Fichaje desde el móvil
El trabajador ficha desde su teléfono con su propio acceso. La hora la pone el servidor, no el dispositivo.
Credenciales de un solo uso
Fichaje con PIN personal o tarjeta, sin tratar ningún dato biométrico.
Correcciones con rastro
Cada corrección queda registrada con quién, cuándo y por qué. Eso es lo que mira la Inspección.
Si ya fichas con biometría: por dónde empezar.
1. Comprueba si tienes una base jurídica que aguante y, si tratas biometría a escala, una evaluación de impacto. Si la respuesta es «firmaron un consentimiento», probablemente no aguanta.
2. Migra a un método menos invasivo. No pierdes el registro: puedes conservar el histórico en un formato que puedas presentar si te lo piden.
3. Documenta el cambio: qué datos tratabas, por qué has cambiado y qué has hecho con los que ya tenías. Esa documentación es la que te protege si alguien pregunta.
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