La respuesta corta: sí, si tienes empleados. El RDL 8/2019 obliga a registrar la jornada diaria de la plantilla, y ser autónomo no cambia nada. Si trabajas solo, sin nadie a tu cargo, no tienes que registrar nada.
Autónomo sin empleados
Si trabajas por tu cuenta y no tienes trabajadores, no tienes obligación de registro horario. La norma protege a quien trabaja por cuenta ajena.
Autónomo con empleados
Si tienes aunque sea una persona contratada, sí: debes registrar su jornada —hora de inicio y de fin, cada día—, tenerla a su disposición y conservarla cuatro años.
Cuidado con los falsos autónomos
Si alguien trabaja para ti de forma subordinada aunque figure como autónomo, una inspección puede considerarlo relación laboral y exigirte también el registro.
Qué pasa si no lo llevas
Es una infracción grave, con multas que pueden alcanzar los 7.500 € por centro de trabajo. Ver sanciones.
Si eres autónomo con plantilla, lo más simple es una webapp: ficha el trabajador desde el móvil y tú sacas el PDF legal. Control horario para autónomos.
Artículos relacionados.
Así funciona.
Dos capturas reales de la app.


¿Eres autónomo con empleados?
Te dejamos el control horario en regla.